A través de un seguro con cargo a sus reservas, el Fovissste cubre el 100 por ciento del saldo deudor de cualquier persona acreditada que sufra alguna incapacidad total y permanente o invalidez.
Para aplicarlo es necesario estar al corriente en los pagos sin adeudo vencido, ni diferencia en la obligación de pago.
Lo puede tramitar la persona acreditada o su representante legal en el Departamento de Vivienda.
¿Qué documentos son necesarios presentar?
Es necesario presentar original y copia de los siguientes documentos:
-. Identificación oficial vigente de la persona acreditada.
-. Escritura inscrita en el Registro Público de la Propiedad o documento legal que avale el otorgamiento del crédito.
-. Concesión de pensión por incapacidad total permanente o invalidez.
-. Dictamen médico (RT09) expedido por el ISSSTE.
-. Documentos que acrediten al beneficiario (laudo, testamento, sentencia judcial o designación de beneficiarios emitida por un juez de lo familiar.
En caso de tratarse del representante legal deberá presentar carta poder debidamente elaborada anexando copia de identificaciones de los firmantes.
Una vez realizado el trámite, se notificará vía correo electrónico el estatus, en un período de tiempo no mayor a 60 días hábiles
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